jueves, 9 de septiembre de 2010

LOS SERVICIOS JURIDICOS DE SOA NOS DESGRANAN LA REFORMA LABORAL APROBADA HOY EN EL CONGRESO ESTATAL. MAS PRECARIZACION, MAS LUCHA.


Sin entrar en la valoración de la aprobación de la reforma laboral y los efectos que vamos a notar la clase trabajadora de nuestro País, Aragón, y del Estado español, hoy el "Parlamento" ha vuelto a dar otra vuelta de tuerca al texto presentado por el "Ejecutivo Zapatero" y se ha procedido a la introducción del abaratamiento del despido o un mayor control sobre los trabajadores y trabajadoras, desempleados y desempleadas.

Después de dos meses de tramitación parlamentaria, entre Congreso y Senado, finalmente estos son los aspectos fundamentales del nuevo texto del Estatuto de los Trabajadores:

Despido objetivo por causas económicas

El punto más polémico del nuevo Estatuto, establece que las empresas podrán rescindir contratos con 20 días de indemnización por año trabajado no sólo cuando tengan pérdidas sino también cuando prevean tenerlas. Asimismo, añade como causa económica de despido que las empresas tengan disminución persistente de ingresos que puedan afectar a su viabilidad.

Generalización del contrato de Fomento del Empleo

Esta modalidad contractual que conlleva una indemnización de 33 días por año, estrena la inclusión de los trabajadores y trabajadoras con edades comprendidas entre los 31 a 44 años que hayan tenido contrato fijo y hayan sido despedidos, lo que hará desaparecer en la práctica los contratos fijos ordinarios, con 45 días de indemnización.

Mayor control a los desempleados

Una de las novedades incorporadas por la Derecha Nacionalista, los parados podrán ser sancionados si rechazan cursos de formación en un plazo que baja de 100 a 30 días.

Abstentismo laboral

Otra de las "perlas" que incorpora el texto definitivo, es que facilita el despido por absentismo laboral y rebaja del 5% actual al 2,5% el índice de absentismo total que puede tener una empresa y que marca el despido por causas objetivas ante faltas reiteradas al trabajo.

Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

La reforma también incluye que el FOGASA, que se nutre de las cotizaciones empresariales, pague 8 días de las indemnizaciones de despido por causas objetivas, tanto en los contratos ordinarios (de 45 días), como en los de fomento del empleo (33 días), así como el mismo abono para los despidos colectivos objetivos (de 20 días).

Contratación temporal y aplicación del "modelo alemán"

Continua siendo el "caballo de batalla" de la Reforma. Para desincentivar este tipo de contratos, se aumentan las indemnizaciones por despido en estas contrataciones, actualmente en ocho días por año trabajado, hasta los 12 a partir de 2015, fecha en la que preveen se saldrá de la crisis.

La nueva reforma pretende asimismo potenciar la reducción de jornada como alternativa al despido, esto es, la aplicación del denominado "modelo alemán", aunque las empresas que decidan aplicar estas suspensiones temporales (por causas económicas o de fuerza mayor) no podrán hacerlo en tiempo superior a un año.

"Mejoras" en el cobro de las prestaciones

Para aquellos trabajadores que pueden cobrar parte de su salario en especie, como ocurre con las empleadas del hogar, se establece la garantía del cobro del salario mínimo interprofesional fijada en 633 euros para 2010. También las prestaciones por desempleo parcial puedan ser cobradas por horas y no por días. (Esto se debe no a la "alegría" del Estado por equiparar a este colectivo de trabajadores y trabajadoras, sino en base a la aplicación de la doctrina constitucional que asi lo indica por ser discriminatorio)

Negociación colectiva

Este punto directamente destruye la negociación colectiva tal y como ahora la conocemos, pasando a la individualización de las Relaciones Laborales. La reforma consolida la vía del "descuelgue", o posibilidad de que las empresas no apliquen determinadas cláusulas pactadas en los convenios colectivos. No obstante, la movilidad geográfica de los trabajadores deberá seguir siendo negociada entre trabajadores y empresarios como hasta ahora.

Intermediación laboral ETT

La nueva ley también modifica el papel de las empresas de trabajo temporal (ETT), y considera intermediación laboral la que tenga consideración de "servicio de carácter público" con independencia del agente que la realice, es decir, las ETT's constituyen un servicio "paralelo" de colocación que no garantiza el acceso libre y en igualdad de condiciones a los puestos de trabajo.

Bonificaciones a empresas

Respecto a las bonificaciones a las empresas aumentan hasta 1.400 euros durante 3 años si contratan de forma indefinida, especialmente a mujeres, a mayores de 45 años o a colectivos con dificultades de empleabilidad.

Fondo de capitalización o la "via austriaca"

Sobre el Fondo de Capitalización para los trabajadores, que imita el modelo austríaco y que debe servir para abonar una parte de los despidos durante su vida laboral, el Gobierno se ha comprometido a tramitarlo como un proyecto de Ley en el plazo máximo de un año a contar desde el pasado junio. Este fondo deberá estar operativo el 1 de enero de 2012 y la voluntad del Ejecutivo es que no suponga un incremento de las cotizaciones empresariales.

Gran trabajo el realizado por el Sr. Corbacho, que después de su paso por la "capital del Estado" puede volver a su Cataluña constitucional con la "cabeza bien alta" y con la "satisfacción" del trabajo bien hecho... otro martir para la "causa" social..lista.


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